El Gobierno nacional oficializó un nuevo régimen de retiro voluntario para empleados de la Administración Pública Nacional centralizada. La medida quedó establecida mediante el Decreto 1203/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, y prevé distintas compensaciones de acuerdo con la edad, los aportes jubilatorios y la antigüedad de cada trabajador.
El período para presentar adhesiones estará abierto entre el 1 y el 30 de noviembre de 2026. La Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública podrá disponer una única prórroga, por un plazo máximo de 30 días corridos. Según informó el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, alrededor de 20.000 empleados estarían en condiciones de participar del régimen.
La convocatoria alcanza al personal de planta permanente comprendido en la Ley 25.164 y a quienes tengan contratos laborales por tiempo indeterminado bajo la Ley de Contrato de Trabajo. Se aplica a las jurisdicciones y organismos de la Administración Pública Nacional centralizada que dependen del Poder Ejecutivo. Quedan excluidos los trabajadores transitorios y quienes estén vinculados mediante contratos del artículo 9 de la Ley Marco.
El régimen no alcanza a los organismos descentralizados, entre ellos la ANSES, ni al personal de las Fuerzas Armadas y de seguridad, la Secretaría de Inteligencia de Estado y el Servicio Exterior, además de otros sectores excluidos por la normativa. ANSES había llevado adelante una convocatoria propia de retiros voluntarios, cuyo período de inscripción finalizó el 30 de septiembre.
El decreto establece tres grupos con modalidades de compensación diferentes. El primero comprende a mujeres de 58 años o más y hombres desde los 63 años que todavía no reúnen los aportes necesarios para jubilarse. Podrán elegir entre una gratificación única —equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad, con un límite de 18 remuneraciones y un tope relacionado con los meses que resten para alcanzar los requisitos jubilatorios— o un pago mensual equivalente al 60% de su remuneración bruta habitual. Esta última alternativa podrá extenderse por un máximo de 36 meses o hasta que el agente reúna los requisitos para jubilarse, lo que ocurra primero. Durante ese período se mantendrán los aportes previsionales y de obra social.
El segundo grupo está integrado por mujeres de 58 a 64 años y hombres de 63 a 64 que cuenten con al menos 30 años de aportes. La compensación será equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad, con un máximo de 18 remuneraciones, más un adicional de cinco sueldos. Para determinar el monto se consideran los límites previstos en el decreto.
El tercer grupo incluye a mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62. En estos casos, la gratificación será de un sueldo bruto por cada año de antigüedad, hasta un máximo de 20 remuneraciones. A ese monto se sumarán cuatro sueldos adicionales para quienes tengan menos de 15 años de servicio o cinco para quienes alcancen o superen esa antigüedad.
La normativa también fija condiciones que pueden impedir la adhesión. No podrán ingresar quienes estén procesados por delitos contra la Administración Pública, salvo que obtengan una absolución firme antes del cierre de la inscripción. La restricción comprende, además, a agentes con sumarios administrativos en trámite por hechos que puedan derivar en cesantía, exoneración o un perjuicio fiscal. Tampoco podrán adherirse quienes estén en disponibilidad, tengan una renuncia pendiente de aceptación o transiten el cuarto año de una licencia por una afección o lesión de largo tratamiento.
Los empleados que mantengan reclamos administrativos o demandas judiciales contra el Estado por asuntos vinculados con su relación laboral deberán desistir formalmente de esas acciones para acceder al régimen. La autoridad de cada jurisdicción también podrá rechazar una solicitud si considera que la salida del agente afectaría la prestación de los servicios. Tendrá 40 días corridos desde el cierre de la inscripción para resolver; si no comunica una aceptación expresa dentro de ese plazo, el pedido se considerará rechazado.

La adhesión implica el cese de la relación laboral y la eliminación del cargo presupuestario correspondiente desde la fecha de baja. Además, quienes accedan al retiro voluntario no podrán volver a incorporarse ni prestar servicios bajo ninguna modalidad en el Sector Público Nacional durante ocho años. El Gobierno enmarcó la medida en su política de reorganización del Estado y reducción de estructuras y dotaciones de personal.
FREE MEDIA ARGENTINA · EDICIÓN N.º 19 · 19/10/2026

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