La causa penal contra el fiscal federal de San Martín Miguel Ángel Blanco García Ordás volvió a la Cámara Federal de Casación Penal, que deberá revisar el segundo sobreseimiento dictado en el expediente por la denuncia de una exsecretaria. La querella cuestionó ese fallo y sostiene que la Cámara Federal de San Martín volvió a valorar la prueba de manera fragmentada, pese a que Casación ya había anulado una decisión anterior por considerar insuficiente el análisis. El expediente, iniciado a partir de hechos denunciados en 2017, no tiene una sentencia condenatoria y permanece en trámite.
La denunciante trabajó durante años en una fiscalía federal de San Martín bajo la autoridad de García Ordás. En su presentación, atribuyó al funcionario una serie de conductas de contenido sexual que, según afirmó, se prolongaron durante su vínculo laboral. Entre los hechos que describió incluyó contactos físicos no consentidos, comentarios sobre su cuerpo y su vestimenta, invitaciones a su despacho y mensajes o tarjetas con alusiones sexuales. La denuncia también se vinculó con un conflicto administrativo y laboral, luego de que la empleada fuera trasladada durante un sumario.
De acuerdo con la reconstrucción publicada por Infobae, el expediente se inició formalmente después de que la trabajadora relatara los hechos en el descargo de una denuncia por un supuesto daño a un vehículo. La causa pasó a la Justicia Federal y la empleada se presentó como querellante. García Ordás formuló descargos y la defensa sostuvo que algunas expresiones cuestionadas tenían un sentido laboral. La investigación reunió declaraciones testimoniales y otros elementos que fueron analizados en distintas instancias judiciales.

En julio de 2020, el juzgado de primera instancia dictó el primer sobreseimiento. La Sala II de la Cámara Federal de San Martín confirmó esa decisión en noviembre de ese año. La querella recurrió y, el 25 de agosto de 2022, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal anuló el pronunciamiento de la Cámara. En esa resolución, el tribunal señaló que la prueba debía ser examinada de manera integral y cuestionó que se descartaran los hechos por considerar improbable que hubieran ocurrido en un espacio de trabajo compartido sin ser advertidos por otras personas.
Luego de la intervención de Casación, el expediente regresó a las instancias anteriores y se amplió la investigación. Declararon nuevos testigos, se incorporaron medidas solicitadas por las partes y el fiscal fue citado a indagatoria. El 2 de septiembre de 2024, el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N.º 1 de San Martín dictó su procesamiento por abuso sexual simple mediando abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, autoridad o poder, por dos episodios de contacto físico que la denunciante había relatado. La resolución fijó un embargo de 1,5 millones de pesos y mantuvo al imputado en libertad provisional.
Ese procesamiento no equivale a una condena ni determina por sí solo la responsabilidad penal. Se trata de una decisión adoptada durante la etapa de instrucción, sujeta a revisión judicial. La defensa apeló y la Sala II de la Cámara Federal de San Martín revocó el procesamiento el 26 de diciembre de 2024. En esa resolución dictó un segundo sobreseimiento, al considerar que no se había acreditado la materialidad de los hechos imputados. La decisión dejó sin efecto el procesamiento de 2024.
La querella recurrió nuevamente y llevó el planteo ante Casación. Entre sus argumentos, cuestiona que la Cámara haya retomado razonamientos similares a los que el tribunal de Casación había objetado en 2022, especialmente la idea de que la falta de observación por parte de terceros volvía inverosímiles los contactos denunciados. También objeta que los episodios físicos se analizaran separados de otros elementos que, según la denunciante, formaban parte del contexto: la relación jerárquica, los comentarios, las tarjetas, las convocatorias y el conflicto por un ascenso.

Ahora, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal deberá resolver si confirma el segundo sobreseimiento o si ordena una nueva revisión del expediente. Hasta que exista una decisión, el estado procesal informado es el de un sobreseimiento dictado por la Cámara Federal de San Martín, recurrido por la querella y sometido al control de Casación. No hay una condena firme contra García Ordás por los hechos denunciados. La resolución que adopte el tribunal definirá si el caso queda cerrado en esta etapa o si vuelve a ser examinado por otra instancia judicial.
FREE MEDIA ARGENTINA · EDICIÓN N.º 18 · 18/10/2026

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